Solicitar ayudas para invidentes
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La ayuda para personas ciegas le proporciona apoyo financiero bajo determinadas condiciones si usted es ciego o se encuentra en una situación equivalente a la de una persona ciega. Esta cantidad fija compensa los gastos adicionales en los que incurre debido a su ceguera.
¿Qué necesito saber?
Descripción del servicio
La ayuda para personas ciegas es una prestación social destinada a las personas ciegas. Esta prestación económica a tanto alzado tiene por objeto compensar los gastos adicionales que conlleva la ceguera.
Tiene derecho a solicitarla si es ciego o se le considera equivalente a una persona ciega.
Si además recibe prestaciones por cuidados domiciliarios, una pensión estatal por ceguera, prestaciones por ceguera de guerra o por accidente, o si vive en un centro residencial (por ejemplo, en una residencia de ancianos), estas prestaciones pueden computarse a efectos de la ayuda para personas ciegas.
Si recibe ayuda para cuidados por ceguera fuera de un centro residencial o recibe una cantidad en efectivo como prestación de asistencia social, no es posible recibir simultáneamente la ayuda para ciegos.
El importe de la ayuda por ceguera depende del momento y el alcance de la adaptación de las pensiones en el seguro de pensiones obligatorio. La ayuda por ceguera se ajusta en consecuencia.
La ayuda para ciegos asciende como máximo (a fecha de 01/07/2024)
- antes de los 18 años: 440,90 EUR o
- a partir de los 18 años: 880,28 EUR
al mes.
Los costes de las prestaciones corren a cargo del organismo responsable de la asistencia social. Solo pueden recibir la ayuda para ciegos aquellas personas que no dispongan de suficientes recursos propios o ingresos.
A partir del 1 de julio de 2025, la ayuda para personas ciegas ascenderá a un máximo mensual de:
- antes de los 18 años: 457,38 euros
- a partir de los 18 años: 913,19 euros
Nota: La información anterior y la solicitud solo son válidas para solicitar la ayuda para personas ciegas según el SGB XII. Si desea solicitar la ayuda estatal para personas ciegas según la Ley estatal de ayudas para personas ciegas (LBlindenGG), utilice la solicitud correspondiente, véase el enlace al final de esta página.
Necesidades
Puede recibir ayuda para personas ciegas si se cumplen los siguientes requisitos:
- Ceguera (pérdida total de la visión) o agudeza visual binocular no solo temporal de como máximo una cincuentaava parte
-
Prueba del grado de gravedad de su discapacidad visual, por ejemplo, mediante
- tarjeta de discapacidad grave con la marca «Bl» o
- resolución de reconocimiento según la ley de personas con discapacidad grave,
- los resultados de un examen oftalmológico o un certificado médico
- Ingresos bajos
- Patrimonio reducido
- Además, no se puede esperar que determinadas personas, como el cónyuge, sufraguen con sus propios medios los gastos adicionales derivados de la ceguera.
- Su lugar de residencia es Maguncia.
- Su discapacidad visual es consecuencia de una enfermedad o es congénita.
- Si su discapacidad visual se debe a un accidente, a los efectos de la guerra o a daños causados por una vacuna, nuestro departamento de tramitación le ayudará con mucho gusto a examinar posibles reclamaciones frente a otros prestadores de servicios.
Procedimiento
- Nuestro departamento competente estará encantado de asesorarle antes de presentar la primera solicitud.
- Si lo desea, puede presentar una solicitud informal de inmediato.
- Es posible que le solicitemos que presente documentación adicional.
- Una vez que tengamos toda la documentación, remitiremos su solicitud y la documentación médica a la Oficina Regional de Asuntos Sociales, Juventud y Asistencia de Maguncia.
- La Oficina Regional comprobará si, según la información que nos haya facilitado, tiene derecho a recibir ayuda para personas ciegas.
- Paralelamente, nuestro departamento comprobará si se tienen en cuenta sus ingresos y su patrimonio, y en qué medida.
- Tras la comprobación, recibirá una notificación por escrito de la concesión o denegación de la ayuda.
Base jurídica
Apelación
- Recurso en el plazo de un mes tras la notificación del acto administrativo
- Recurso ante el tribunal social en el plazo de un mes tras la notificación de la resolución del recurso
Deadlines
No hay que tener en cuenta ningún plazo. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la ayuda para ciegos se pagará, como muy pronto, a partir del primer día del mes en el que se presente la solicitud de ayuda para ciegos.
Duración del proceso
El tiempo de tramitación de su solicitud depende de diversos factores y varía en cada caso.
Cuerpo competente
Los costes de los servicios corren a cargo del organismo responsable de la asistencia social.
Si vive en una vivienda propia o alquilada (apartamento, casa), la entidad responsable de la asistencia social será aquella en cuya zona resida.
Si vive en una institución, tenga en cuenta que la entidad responsable de la prestación «Ayuda para ciegos» es la entidad de asistencia social de la zona en la que vivía inmediatamente antes de ingresar en la institución o en los dos meses anteriores al ingreso. Por lo tanto, si no vivía en Maguncia antes de ingresar en la institución, diríjase a la oficina de asistencia social de su antiguo lugar de residencia.
¿Qué tengo que llevar o presentar?
- Solicitud de prestaciones según el SGB XII
- Hoja informativa firmada «Información sobre la ayuda social según el SGB XII y la Ley de prestaciones para solicitantes de asilo (AsylbLG)» — Obligaciones de cooperación
- Certificado de alquiler, justificante de los gastos de alojamiento
- Justificantes de la situación financiera de todas las personas que viven en el hogar (por ejemplo, nóminas de los últimos 6 meses, notificación actual de la pensión, extractos bancarios de los últimos 3 meses, cuotas de seguro)
- Tarjeta de discapacidad grave/resolución con la marca «Bl»
- Certificado oftalmológico (si no se dispone de tarjeta de discapacidad grave)
- En caso de tutela o representación: certificado de tutela o poder notarial
Notificaciones de concesión de prestaciones sociales percibidas, por ejemplo:
- Subsidio de asistencia según el libro XII del Código Social (SGB XII)
- Prestaciones asistenciales del derecho de indemnización social según el Libro XIV del Código Social (SGB XIV) y disposiciones legales complementarias (por ejemplo, la Ley de prestaciones para soldados)
- Suplemento por cuidados según la Ley de compensación de cargas (LAG)
- Subsidio por cuidados según la Ley federal de indemnización (BEG)
- Prestaciones asistenciales de su caja de asistencia o caja de enfermedad (grado de dependencia)
- Prestaciones asistenciales basadas en el derecho privado (por ejemplo, seguros)
- Otras prestaciones asistenciales
- Otros derechos (por ejemplo, derecho a subsidio según las disposiciones para familiares de funcionarios públicos)
¿Cuánto cuesta y cómo puedo pagar?
Fees
Ninguna
Formularios, folletos, enlaces
Formulare
- Asistencia social, solicitud de prestaciones según SGB XIIPDF-Archivo1,02 MB
- Deber de colaboración en la solicitud de prestaciones sociales, anexo a la solicitudPDF-Archivo121,00 kB
- Prestaciones según SGB XII, hoja complementariaPDF-Archivo111,34 kB
- Certificado de alquiler, prueba de los gastos de alojamientoPDF-Archivo120,05 kB
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Sachgebiet Eingliederungshilfe, Fahrdienst für behinderte Menschen, Landesblindengeld
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Personas de contacto
| Sra. Andrea AnthesTramitación de ayudas a la integración para guarderías y escuelas, servicio de conducción para discapacitados, ayudas parciales a la integración en régimen de internado (WfbM, centros de apoyo diurno, centros de día) | Zona: O, R, U, W–X | Mujer Andrea Anthes | |
| Sra. Natasa BabicTramitación de ayudas a la integración para guarderías y escuelas, BFD, ayudas semiestacionales a la integración (WfbM, centros de apoyo diurno, centros de día) Subvenciones para servicios de umbral bajo | Zona: E, H, N, P, Z | Mujer Natasa Babic | |
| Sra. Ines BarthelTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: A, Klej–Klz, Z | Mujer Ines Barthel | |
| Sra. Anita CösterTramitación de ayudas a la integración para guarderías y escuelas, servicio de conducción para discapacitados, ayudas a la integración semiestacionarias (WfbM, guarderías, centros de día) | Zona: J–K, Q, V | Mujer Anita Cöster | |
| Sra. Sandra DielTramitación de ayudas a la integración para guarderías y escuelas, servicio de conducción para discapacitados, ayudas a la integración semiestacionarias (WfbM, guarderías, centros de día) | Zona: S | Mujer Sandra Diel | |
| Sra. Eva GrimmTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: S (ohne Sch), V | Mujer Eva Grimm | |
| Sr. Michael HeisterTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: Ko–Kz | Mr Michael Heister | |
| Sra. Birgit HerzbachTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: H, Kj–Klei, Q | Mujer Birgit Herzbach | |
| Sra. Marielies HorbachTramitación básica del servicio de ayuda a la integración y transporte de personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: Br–Bz, Km–Kne | Mujer Marielies Horbach | |
| Sra. Eva JaguschTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: J, Sch | Mujer Eva Jagusch | |
| Sra. Tanja KehrerTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: C, Knf–Knz, N, R | Mujer Tanja Kehrer | |
| Sra. Katja LauxTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: F, Kia–Kim, P | Mujer Katja Laux | |
| Sra. Isabelle MagerkurthTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: Kf–Kh, M | Mujer Isabelle Magerkurth | |
| Sra. Nadine MeierTramitación de ayudas a la integración para guarderías y escuelas, servicio de conducción para discapacitados, ayudas a la integración semiestacionarias (WfbM, guarderías, centros de día) | Zona: L–M | Mujer Nadine Meier | |
| Sr. Tim OberliesTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: D, Gm–Gz, T | Mr Tim Oberlies | |
| Sra. Jennifer SchmidtTramitación de ayudas a la integración para guarderías y escuelas, servicio de conducción para discapacitados, ayudas a la integración semiestacionarias (WfbM, guarderías, centros de día) | Zona: A, G, T, Y | Mujer Jennifer Schmidt | |
| Sra. Jasmin SchomakerTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: Ga–Gl, O, W | Mujer Jasmin Schomaker | |
| Sra. Carolin SkudlarekTramitación de ayudas a la integración para guarderías y escuelas, servicio de conducción para discapacitados, ayudas a la integración semiestacionarias (WfbM, guarderías, centros de día) | Zona: B–D, F, I | Mujer Carolin Skudlarek | |
| Sra. Bianca WeisgerberTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, prestación estatal de ceguera, ley de distribución | Zona: E, Ka–Ke, L, U | Mujer Bianca Weisgerber | |
| Sra. Katharina WildeTramitación de ayudas a la integración y servicio de transporte para personas con discapacidad, subsidio estatal para invidentes | Zona: Ba–Bq, Kin–Kiz | Mujer Katharina Wilde |
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- Acceso sin barreras
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Líneas: 6, 9, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 62, 63,
67, 69, 76, 68, 69, 76, 79, 80, 81, 90, 91, 92, 93, 630,
652, 653, 654, 660
Aparcamiento Bonifaziustürme y aparcamiento Cityport
Para más información
La entrada para envíos postales y de mercancías se encuentra en la Bonifaziusstraße.
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- Kaiserstraße, Lauterenflügel, Kaiserstr. 3- 5, a la derecha de la puerta de entrada