Todo propietario de perro está obligado a registrarlo.
La obligación de registrar al perro se regula en detalle en los estatutos municipales correspondientes, al igual que la fijación del impuesto sobre perros.
La obligación de registrar al perro es necesaria, entre otras cosas,
- en el caso de los perros mayores de tres meses. Deben estar identificados con un transpondedor con número de identificación
- en caso de adquisición de un nuevo perro o de traslado con un perro
- en caso de cuidado o custodia de un perro durante un período de tiempo que se deriva de los estatutos locales sobre el impuesto sobre perros
Tenga en cuenta que para la tenencia de los denominados perros peligrosos se aplican normas más diferenciadas y complementarias.
Tras registrar al perro, se expedirán las placas fiscales para perros. La placa fiscal para perros debe llevarse consigo y mostrarse cuando se solicite.
Además, todos los propietarios de perros están obligados a llevar a sus perros con correa en las vías públicas dentro de una localidad o en zonas sin visibilidad. Fuera de una localidad, deben atarse inmediatamente con correa cuando se acerquen u aparezcan otras personas.
Las infracciones de la Ley regional sobre perros peligrosos (LHundeG) pueden ser sancionadas con multas de hasta diez mil euros. Además, las infracciones de los estatutos municipales también pueden ser sancionadas.
Estatutos municipales
Estatutos presupuestarios