Si deja de ejercer su actividad comercial, deberá darla de baja.
Si cambia la forma jurídica de su negocio, también es necesario darlo de baja. En primer lugar, debe dar de baja su negocio con la forma jurídica anterior. A continuación, vuelva a dar de alta su negocio con la nueva forma jurídica.
Si traslada la sede principal de su negocio, una sucursal o una delegación dependiente de su empresa a una nueva ubicación, sin que se produzca ningún cambio en la competencia municipal, basta con un cambio de domicilio social.
La baja debe ser realizada por las siguientes personas o sus representantes autorizados:
- en el caso de empresas unipersonales: por el propio empresario
- en el caso de personas jurídicas: por los representantes legales; esto se aplica, por ejemplo, a las sociedades de responsabilidad limitada (GmbH) y a las sociedades anónimas (AG)
- en el caso de las sociedades personales: por todos los socios con poder de gestión: esto se aplica, por ejemplo, a las sociedades colectivas (OHG), las sociedades comanditarias por acciones (KG), las sociedades civiles (GbR) y las sociedades de responsabilidad limitada y sociedades comanditarias (GmbH & Co. KG)
En caso de traslado de la sede de su empresa:
- Si traslada la sede de su empresa a otro municipio, deberá dar de alta la actividad en la nueva ubicación. La baja de la antigua ubicación se tramitará automáticamente.
- Si cambia la sede de su empresa dentro de un mismo municipio, basta con realizar un cambio de domicilio de la actividad.
Se informará de la baja del registro mercantil a las siguientes autoridades:
- Oficina de Hacienda
- En su caso, Cámara de Artesanos
- Cámara de Industria y Comercio
- Juzgado de primera instancia
- En su caso, las mutuas profesionales
- Departamento de Seguridad Laboral de las presidencias regionales
Está obligado a dar de baja su negocio en el momento del cese de la actividad o del cambio de forma jurídica.
Si todos los datos y documentos están completos, recibirá la confirmación de baja
- si acude en persona: de inmediato
- en caso de baja por escrito o por Internet: en un plazo de 3 días
Le rogamos que nos facilite una dirección de facturación válida a la que podamos enviar la notificación de pago. Es imprescindible que indique una fecha de baja. De lo contrario, no podremos tramitar la baja y se producirán retrasos.