El impuesto sobre bienes inmuebles se aplica a los inmuebles y se refiere al valor de un terreno, incluidos los posibles edificios.
Importe del impuesto sobre bienes inmuebles
El impuesto sobre bienes inmuebles se calcula multiplicando el tipo impositivo por el importe de referencia. El tipo impositivo lo fija el ayuntamiento; los tipos impositivos actuales también se pueden consultar en el reglamento presupuestario (Boletín Oficial n.º 36 de 22/08/2025).
A partir del 1 de enero de 2025, los tipos impositivos serán los siguientes:
350 % para el impuesto sobre bienes inmuebles A
480 % para el impuesto sobre bienes inmuebles B (terrenos residenciales)
720 % para el impuesto sobre bienes inmuebles B (terrenos no residenciales)
720 % para el impuesto sobre bienes inmuebles B (terrenos sin edificar)
Nota sobre los terrenos sin edificar
Los terrenos sin edificar son terrenos en los que no hay edificios utilizables, § 246 (1) de la Ley de valoración. Por lo tanto, es irrelevante cómo se utilice el terreno (aparcamiento, jardín, terreno baldío, etc.).
Nota sobre terrenos residenciales y no residenciales
Entre los terrenos residenciales se incluyen los siguientes tipos de terrenos:
Artículo 249 (1) de la Ley de valoración
- Casas unifamiliares
- Casas bifamiliares
- Terrenos residenciales de alquiler
- Propiedad horizontal
Entre los inmuebles no residenciales se incluyen los siguientes tipos de inmuebles:
§ 249 (1) Ley de valoración
- Propiedad parcial
- Terrenos comerciales
- Terrenos de uso mixto
- Otros terrenos edificados
La asignación de los tipos de terrenos de la Ley de valoración a terrenos residenciales y no residenciales se realizó de conformidad con el § 1 (1) de la Ley del tipo impositivo del impuesto sobre bienes inmuebles de Renania-Palatinado (documento impreso 18/11049 de 12.12.2024).
Importe de la tasa y tipo de terreno
El importe de la base imponible del impuesto sobre bienes inmuebles y el tipo de terreno son determinados por las autoridades fiscales competentes tras su declaración del impuesto sobre bienes inmuebles en la notificación del valor catastral y la notificación de la base imponible del impuesto sobre bienes inmuebles. De conformidad con el artículo 182, apartado 1, del Código Fiscal, los datos que figuran en la notificación de la base imponible del impuesto sobre bienes inmuebles son vinculantes para nosotros y deben ser aceptados. Desde 2025, la administración municipal de Maguncia solo recibe registros electrónicos que no incluyen las bases de cálculo, por lo que lamentablemente no podemos responder a ninguna pregunta al respecto.
Asimismo, le informamos de que las impugnaciones contra nuestras resoluciones posteriores (resoluciones sobre impuestos sobre bienes inmuebles) carecen de fundamento si se dirigen contra las determinaciones de la resolución básica (resolución sobre el impuesto sobre bienes inmuebles), artículo 351 (2) del Código Fiscal.
Pago
- El pago se realiza trimestralmente mediante domiciliación bancaria el 15 de febrero, el 15 de mayo, el 15 de agosto y el 15 de noviembre.
- El formulario de autorización de domiciliación bancaria, debidamente cumplimentado y firmado, puede enviarse por correo postal o fax a la caja municipal.
- A petición del contribuyente, el impuesto sobre bienes inmuebles también puede pagarse el 1 de julio en una sola cuota anual. La solicitud debe presentarse a más tardar el 30 de septiembre del año anterior.
- El impuesto sobre bienes inmuebles es un impuesto anual y quien sea propietario a 1 de enero de un año estará obligado a pagarlo durante todo el año.
- Si el propietario cambia durante el año, el pago del impuesto puede aclararse mediante un acuerdo de derecho privado.